Hoja No. 1 / 37 MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba. HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente: POR CUANTO: La informatización de la sociedad en Cuba desempeña un papel significativo en el desarrollo político, económico y social del país y constituye un medio efectivo para la consolidación de las conquistas del Socialismo y el bienestar de la población. POR CUANTO: Resulta de interés del estado cubano para elevar la soberanía tecnológica, en beneficio de la sociedad, la economía, la seguridad y defensa nacional; contrarrestar las agresiones cibernéticas, salvaguardar los principios de seguridad de nuestras redes y servicios; así como defender los logros alcanzados por el Estado Socialista, siendo necesario emitir la norma jurídica que regule la informatización de la sociedad en Cuba. POR TANTO: El Consejo de Estado en el ejercicio de las atribuciones que le han sido conferidas en el inciso c), del Artículo 90 de la Constitución de la República de Cuba, adopta el siguiente: DECRETO-LEY No. 370 “SOBRE LA INFORMATIZACIÓN DE LA SOCIEDAD EN CUBA”

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